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La Junta, obligada a devolver 150.000 euros que denegó al Ayuntamiento de Zamora por un día de demora
El juez entiende que la contratación de los beneficiarios de los planes de empleo una jornada después del plazo no desvirtúa la finalidad de las subvenciones
La Junta de Castilla y León tiene que ingresar al Ayuntamiento de Zamora 150.000 euros por dos subvenciones para fomento del empleo que retiró con el argumento de que las contrataciones de los beneficiados se realizaron con un día de retraso.
Los dos fallos del Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Valladolid, emitidos en 2023, obligan también a la Administración autonómica al pago de los intereses, que suman 9.972 euros, según se ha dado a conocer hoy en el Consistorio.
Desde la Concejalía de Personal se valoró entonces como "desproporcionada" y hasta de "mala fe" la actuación por parte de la Junta y del consejero de Empleo, "retirando el total de la subvención por una mala interpretación técnica de la convocatoria, debido a la cual se había contratado un día después del plazo estipulado a los 10 trabajadores de los planes, sin merma de los días de contratación requeridos", como se recuerda en el Ayuntamiento de la capital.
La Junta ya ha comunicado el pago a la institución local, se asegura en el Consistorio, y renuncia a presentar recurso contra los dos autos emitidos por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 4 de Valladolid, que dan la razón al Ayuntamiento.
Eso, al entender que, en ambos casos, la contratación de los beneficiarios de los planes de empleo, un día de después del plazo que figuraba en las bases, no desvirtuó en ningún momento la finalidad de las subvenciones.
El primer fallo se refiere a la subvención de 50.000 euros concedida al Ayuntamiento dentro del Programa Jovel para la contratación de cinco desempleados menores de 35 años.
La sentencia "deja claro que la contratación de los cinco jóvenes el 1 de octubre de 2021, un día de después del plazo que figuraba en las bases, no desvirtuó en ningún momento la finalidad de la ayuda".
El Ayuntamiento "cumplió íntegramente" con los objetivos marcados por estos fondos públicos y realizó "todos los pagos en el período subvencionable", así como la "prestación del servicio", fijado en 180 días, a jornada completa.
El juez entiende que la decisión de la Administración regional "carece absolutamente de sentido" porque "el incumplimiento del plazo de contratación" no afectó a la finalidad de la subvención, lo que si daría lugar a "la pérdida total o parcial de la ayuda concedida y a su reintegro".
Según el fallo del magistrado, dado a conocer por la institución local, dar de alta a los beneficiarios del programa subvencionado un día después del plazo requerido "solo supone el incumplimiento de uno de los requisitos" y, en todo caso, no justifica la retirada total o parcial de los fondos.
El segundo auto anula también la decisión de la Junta de retirar al Ayuntamiento la ayuda del Plan de Empleo Mayel, por importe de 100.000 euros, con el mismo argumento.
La resolución recoge también que el Ayuntamiento de Zamora nunca negó esa equivocación, pero "sostiene que la Junta de Castilla y León debería haber concluido que se trata de un error intrascendente para la finalidad y objeto de la subvención y que la pérdida de esto es 0".
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